NUEVO PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA DEUDAS VENCIDAS AL 30/09/2015

La AFIP publicó la Resolución General 3806 ( B.O. 6/11/2015) estableciendo un nuevo régimen de facilidades de pago para deudas vencidas al 30/09/2015.

Las principales características del plan son las siguientes:
-    Los planes pueden ser de hasta 120 cuotas (no pueden ser las cuotas inferiores a $ 150)
-    La tasa de interés mensual por el refinanciamiento será de 1,35% mensual
-    Es condición excluyente para ingresar el plan tener presentadas todas las declaraciones juradas determinativas e informativas de lo que se incluye en el plan.
-    El plazo para ingresar el plan es hasta el 30/11/2015
-    Las cuotas se debitarán automáticamente del CBU informado el día 16 de cada mes.
-    La caducidad opera:
a)    Planes de hasta 12 cuotas con la falta de cancelación de dos cuotas consecutivas o alternadas a los 60 días de vencida la segunda.
b)    Planes de 13 a 48 cuotas con la falta de cancelación de cuatro cuotas consecutivas o alternadas a los 60 días de vencida la cuarta.
c)    Planes de 49a 120 cuotas con la falta de cancelación de seis cuotas consecutivas o alternadas a los 60 días de vencida la sexta.
d)    La falta de pago de las cuotas vencidas a los 60 días desde el vencimiento de la última cuota del plan.

El plan admite:
-    Deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social cuyo vencimiento tanto para el pago como para la presentación de la declaración jurada hubiera operado hasta el 30/09/2015
-    Multas y cargos suplementarios formulados por el servicio Aduanero y cargos efectuados por fiscalizaciones hasta la mencionada fecha.
-    Intereses por todos los conceptos mencionados
-    Deudas de Monotributo
-    Deudas en discusión administrativa y judicial
-    Reformulaciones de planes vigentes

No Admite:
-    Retenciones y percepciones (impositivas o previsionales)
-    IVA por prestaciones de servicios en el exterior cuya explotación o utilización definitiva se lleve en el país.
-    Aportes y contribuciones a Obras Sociales (excepto el de los Monotributistas)
-    Cuotas destinadas a Aseguradoras de riesgo de trabajo.
-    Cuotas de otros plaes de Facilidades de pago vigentes

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