Ley 3896


En virtud de lo dispuesto por la ley 3896 Cdad. de Bs.As., en los comercios y lugares de atención al público en el ambito de la ciudad se debe colocar un cartel en lugar visible con la inscripción: " Sr consumidor o usuario: ante
cualquier duda o reclamo diríjase al área de defensa y protección al consumidor de cualquier centro de gestión y participación comunal (CGPC) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o al teléfono gratuito 147 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
Asimismo, dentro de los 180 días de publicada la norma (B.O. 31/10/2011) deberá constar en forma legible y destacada en las facturas y tickets el número de teléfono gratuito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 147 junto a la leyenda " Teléfono gratuito CABA, "Área de defensa y Protección al Consumidor".